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2 de Marzo de 2023


APRUEBAN ASISTENCIA PARA EMPRESAS DE LA CADENA DE GAS EN GARRAFAS POR $ 25 MILLONES


La Secretaría de Energía dispuso la transferencia de $ 25 millones a un conjunto de empresas que forman parte de la cadena del Gas Licuado de Petróleo (GLP), con el propósito de asegurar el suministro de garrafas en hogares de bajos recursos en el marco del Programa Hogar.

Según la resolución 114/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, se determinó una erogación total de $ 25.254.332,62 a repartir entre cuatro empresas productoras de la industria del Gas Licuado de Petróleo (GLP): Pluspetrol, Refinería del Norte, Vista y Raizen.

El Programa Hogar fue creado mediante el decreto 470/2015, y su financiamiento se estableció a través del fondo fiduciario para atender las necesidades de GLP de sectores de bajos recursos y para la expansión de redes de gas natural.

El beneficio consiste en un monto mensual de $ 602 fijado por la Secretaría de Energía, que cubre parte del precio de la garrafa de 10 kilos, el cual se deposita a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), el cual varía según tamaño de grupo familiar, ubicación de la vivienda y estación del año, pues puede sumarse un adicional en los meses de invierno en diversas provincias.

La resolución de hoy se vincula con una erogación correspondiente a septiembre pasado.

El 19 de abril de 2022, Energía había extendido hasta fines de año la «asistencia económica transitoria» que se otorga a las empresas de la cadena de gas en garrafas, a través de la resolución 271/2022.

Esa asistencia, dirigida a las empresas registradas en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo y dispuesta en agosto del año pasado, tiene como objetivo solventar los precios máximos de referencia del Programa que no poseen modificaciones desde julio de 2022, y la «variación experimentada en los valores y costos asociados en la cadena de comercialización del GLP».

Asimismo, cuando el destino sea otro del de venta a distribuidores de envases de hasta 45 kilos, pasará a ser un porcentaje en vez de una suma fija; por lo cual la asistencia económica transitoria seguirá siendo el equivalente al 20% de la facturación en concepto de venta de GLP (neto de impuestos) que facturen mensualmente las empresas.

En cuanto al aporte, cuando el destino fuese otro del de venta a distribuidores en envases de hasta 45 kilos, la modificación establece que «las empresas fraccionadoras podrán solicitar un reconocimiento del 20% del precio máximo de referencia vigente de venta de fraccionadores a distribuidores por cada tonelada facturada».

La última modificación de los valores fue establecida en la resolución 62/2023 del mes pasado, que fijó el precio máximo de referencia para los productores, tanto para butano como para propano, en $ 32.429 con un incremento de 21,28% frente al último valor de enero.

Para una garrafa de 10 kilogramos, los precios máximos de referencia, antes de IVA e Ingresos Brutos, sin apartamientos ni servicio de venta a domicilio, son de $ 606 para el fraccionador, $ 1.064 para el distribuidor y $ 1.118 al público.

En el caso de la garrafa de 12 kilos, los precios son de $ 728, $ 1.277 y $ 1.341, mientras que para la de 15 kilos son de $ 910, $ 1.597 y $ 1.677, respectivamente.

Fte: Télam