Pero los senadores, por unanimidad, decidieron modificarlo para que la exención alcance a todas las guardias y horas extra, sin límite, que realicen los trabajadores de los centros de salud públicos o privados en todo el país.
El cambio que hizo el Senado unifica ambas exenciones al cambiar la redacción del artículo y establece que «están exentas del gravamen las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias activas o pasivas y horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares, y personal operativo» cuando «la prestación del servicio se realice» en centros públicos o privados «en todo el territorio nacional», independientemente de la cantidad de horas.
Ante este panorama, los diputados decidieron considerar el tema sobre tablas y aprobarlo con el respaldo de la mayoría de los bloques.