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La RG precisó que a fin de determinar la procedencia de la exención del sueldo anual complementario correspondiente al período fiscal 2023, deberá tenerse en cuenta que el monto de la remuneración o haber bruto mensual no supere $ 506.230.
El Gobierno formalizó la semana pasada el nuevo mínimo no imponible para el período fiscal 2023 para la cuarta categoría que es de $ 506.230 mensuales brutos a partir de este mes, que beneficiará a 250.000 personas, y además ratificó la eximición de Ganancias a los adicionales salariales de más de 600.000 trabajadores que cobran estos conceptos, como bonos por productividad, horas extras y antigüedad.