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El caso se originó a raíz de la multa impuesta a Alejandro Javier Quisbert, un conductor de Uber que fue sancionado por operar una «unidad no habilitada». El fallo no solo revocó la multa sino que también exhortó al Concejo Deliberante de Río Grande a establecer una reglamentación para el funcionamiento del transporte privado mediante plataformas digitales en un plazo razonable.
El juez Fernández argumentó que la prohibición carece de fundamentación al considerar que la actividad no está regulada, y destacó que el propio Concejo Deliberante tiene la autoridad para reglamentarla. Además, subrayó que, aunque Uber es una empresa privada, su servicio tiene un impacto público significativo, justificando así la necesidad de regulación estatal.
El magistrado afirmó que la ordenanza que prohíbe Uber es inconstitucional, ya que viola el derecho a trabajar y la libertad de contratación de los ciudadanos. Criticó la desproporción de la medida, obligando a los ciudadanos a elegir entre trabajar a pesar de los riesgos o abstenerse, y privando a los usuarios de la capacidad de elección en movilidad.
El Fiscal mayor de Río Grande, Martín Bramatti, respaldó el fallo, argumentando que la prohibición de una actividad comercial debe basarse en razones funcionales, de seguridad u orden público. Bramatti destacó que el Concejo Deliberante debería reglamentar el ejercicio de un derecho en lugar de aniquilarlo.
Aunque la sentencia no afecta directamente a Ushuaia, donde también está prohibido Uber, el presidente de la Asociación de Propietarios de Taxis de Ushuaia expresó su preocupación por un posible «efecto contagio». Las autoridades locales manifestaron la intención de apelar el fallo judicial.
El transporte en Tierra del Fuego enfrenta un momento crucial, y se espera que las acciones a tomar por parte de la Cámara de Transporte de la Provincia se definan en un plenario programado para los próximos días. La resolución podría tener repercusiones significativas en la regulación del transporte mediante plataformas digitales en la región.